Antonio Feijóo Miranda
Abogado
El Tribunal Superior de Justicia estima el recurso interpuesto por el abogado de la Junta de Compensación, Antonio Feijóo Miranda, contra la decisión del Tribunal de Instancia de Ourense que había resuelto que la Universidad no debía pagar un solo euro hasta que la urbanización de la totalidad del polígono (hoy con dos fases pendientes de la concesión de una licencia solicitada al Ayuntamiento de Ourense hace más de un año).
El Tribunal considera que no hay motivo para posponer el pago que a la Universidad de Vigo corresponde, en función del Convenio en su día celebrado con el Ayuntamiento de Ourense, en la primera fase de la urbanización, porque esta ha sido ya culminada y entregada.
Esta resolución recae en la ejecución de la sentencia en su día dictada por el propio Tribunal Superior, que dio la razón al abogado de la Junta y estimó el recurso contencioso interpuesto contra la Universidad de Vigo y el Ayuntamiento de Ourense, condenando a la primera a pagar un 19,42% de todos los costes de urbanización del polígono, por causa del convenio celebrado en 1998 entre ambas instituciones.
En virtud de este convenio, el Ayuntamiento de Ourense entregó a la Universidad una parcela de 5500 m² en el interior del polígono, que previamente había obtenido de Casas Orense (la empresa que lidera la Junta de Compensación), para la construcción de la Residencia Universitaria. Aunque la cesión fue gratuita, la Universidad se comprometía en el convenio a sufragar una parte proporcional de los costes de urbanización del polígono. La Universidad sacó a concurso la construcción y explotación de la Residencia Universitaria, resultando adjudicataria SIRESA NOROESTE. La construcción de la residencia terminó en 2001, pero la concesionaria ni siquiera realizó las obras de urbanización elementales a las que venía obligada por la propia licencia.
La Junta de Compensación exigió el cierre de la Residencia por carecer de licencia, y cuando la Concejalía de Urbanismo se la otorgó, aun sin realizar la urbanización del entorno, la Junta acudió a la vía judicial para pedir la anulación de esa licencia y exigir el cierre de la Residencia. La Sentencia ordenó la clausura del establecimiento, y por ello la Residencia estuvo cerrada hasta que en 2015 pudo reabrirse cuando la Junta de Compensación completó la entrega de la Primera Fase.
En ese mismo año de 2015 la Junta solicitó al Ayuntamiento de Ourense que exigiese a la Universidad el cumplimiento del Convenio de 1998 y le conminase a pagar la parte proporcional de toda la urbanización. El Ayuntamiento se negó argumentando que el convenio ya no era eficaz, que la Junta no tenía legitimación para exigirlo, y que ya había cobrado de Siresa Noroeste, según acuerdo entre ambas entidades, una contribución de 295.000 euros para priorizar la urbanización del entorno de la Residencia.
La Universidad, por su parte, ha declinado siempre cualquier tipo de conversación con la Junta.
La Junta acude a los tribunales y si bien en primera instancia el Juzgado rechaza su pretensión, ahora el Tribunal Superior estima íntegramente su reclamación, declara válido el convenio y condena a la Universidad a pagar un 19,42 % de todos los costes de la urbanización del polígono.