El Tribunal Superior de Justicia estima el recurso interpuesto por el Abogado de la Junta de Compensación Antonio Feijóo Miranda contra la decisión del Ayuntamiento de Ourense que había denegado exigir a la Universidad de Vigo el cumplimiento del Convenio celebrado entre ambas instituciones el 11 de marzo de 1998.
La reclamación de la Junta de Compensación, que el Tribunal Superior, acoge, tiene su origen en un Convenio entre Ayuntamiento y Universidad de 1998.
En virtud de este Convenio el Ayuntamiento de Ourense entregó a la Universidad una parcela de 5500 m2 en el interior del polígono, que previamente había obtenido de Casas Orense (la empresa que lidera la Junta de Compensación), para la construcción de la Residencia Universitaria. Aunque la cesión fue gratuita, la Universidad se comprometía en el Convenio a sufragar una parte proporcional de los costes de urbanización del polígono.
La Universidad sacó a concurso la construcción y explotación de la Residencia Universitaria, resultando adjudicaría SIRESA NOROESTE. La construcción de la Residencia terminó en 2001, pero la concesionaria ni siquiera realizó las obras de urbanización elementales a que venía obligada por la propia licencia.
La Junta de Compensación exigió el cierre de la Residencia por carecer de licencia, y cuando la Concejalia de Urbanismo se la otorgó, aun sin realizar la urbanización del entorno, la Junta acudió a la vía judicial para pedir la anulación de esa licencia y exigir el cierre de la Residencia. Finalmente, por sentencia judicial la Residencia fue clausurada, y solo pudo reabrirse cuando la Junta llevó a cabo la urbanización de toda la parcela en el año 2015, invirtiendo en ello 775.000€.
En ese mismo año de 2015 la Junta solicitó al Ayuntamiento de Ourense que exigiese a la Universidad el cumplimiento del Convenio de 1998 y le conminase a pagar la parte proporcional de toda la urbanización. El Ayuntamiento se negó argumentando que el convenio ya no era eficaz, que la Junta no tenía legitimación para exigirlo, y que ya había cobrado de Siresa Noroeste, según acuerdo entre ambas entidades, una contribución de 295.000 euros para priorizar la urbanización del entorno de la Residencia.
La Universidad por su parte ha declinado siempre cualquier tipo de conversación con la Junta.
La Junta acude a los tribunales y si bien en primera instancia el Juzgado rechaza su pretensión, ahora el Tribunal Superior estima íntegramente su reclamación, declara válido el convenio y condena a la Universidad a pagar un 19.42% de todos los costes de la urbanización del polígono.
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Antonio Feijóo Miranda
Abogado