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El Tribunal Supremo confirma la indeminización por ocupación ilegal del suelo para la construcción del Auditorio de Verín

Publicado: 14 de febrero de 2022, 09:53
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El Tribunal Supremo confirma la indeminización por ocupación ilegal del suelo para la construcción del Auditorio de Verín
  • Antonio Feijóo Miranda
  • Abogado

En una reciente resolución el Alto Tribunal inadmite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Verín contra la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que, confirmando otra del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Ourense, le condeno a satisfacer una indemnización cercana a 300.000€, más los correspondientes intereses, a una propietaria a quien se había ocupado el suelo sobre el que está construido el Auditorio Municipal.

El litigio, promovido por el Abogado Antonio Feijóo Miranda, tiene su origen en la ocupación de los terrenos para la construcción de este Equipamiento, inicialmente convenida con su propietaria a cambio de una edificabilidad a realizar en la misma zona. La ocupación se realizó y sobre este suelo así adquirido por el Ayuntamiento se ha construido el Auditorio, en funcionamiento desde hace ahora seis años.

La ilegalidad de esta ocupación surge con posterioridad, cuando el Tribunal Supremo, en respuesta a otro recurso interpuesto por el mismo Abogado, declara nulo de pleno derecho el Plan General de Ordenación de Verín. Esta nulidad hacía imposible que la propietaria de los terrenos pudiera obtener la edificabilidad reconocida en el convenio, conllevando una pérdida de la legitimidad de la ocupación.

Es entonces cuando la propietaria insta del Ayuntamiento la declaración de una vía de hecho, con el consiguiente reconocimiento de una indemnización por el valor del aprovechamiento urbanístico reconocido, pretensión a la que se opone radicalmente  la Administración. El Juzgado estima íntegramente el recurso, y reconoce la existencia de una ocupación ilegal, así como el derecho de la perjudicada a percibir una indemnización de 290.000€ más los intereses legales desde el momento de la ocupación del suelo. Esta sentencia, luego confirmada en apelación, se ha hecho firme ahora con la decisión del Tribunal Supremo.

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